Estos son algunos de los medios que se han interesado por nuestro trabajo y nos han mencionado:
Un cliente del Turno de Oficio fue demandado en calidad de okupa por la propietaria. Ella le había hecho un contrato de alquiler verbal, pero en el Juzgado planteó una ocupación ilegal (amparándose en que no conocía a mi cliente), pensando que así sería más rápido echarle.
Antes del juicio le ofrecimos a la propietaria el desalojo de la vivienda en 2 semanas. 🚨RECHAZA EL ACUERDO. ⚠️
👉 RESULTADO: La propietaria pierde el juicio y es condenada a abonar el coste del Abogado y Procurador de los dos inquilinos. ❌
Un Juzgado de Bilbao ha reconocido el derecho de un cliente extranjero a obtener una autorización de residencia temporal por arraigo laboral, a pesar de que el interesado tenía antecedentes penales por un delito contra la seguridad vial y su jornada laboral no alcanzaba el mínimo de 30 horas semanales.
La sentencia, se hace eco de las “dificultades notorias de acceso a un puesto de trabajo” y a la “extensión de la temporalidad en el mercado laboral”.
Más allá de aplicar las normas de extranjería al caso concreto, el Juez valora las circunstancias personales y laborales del extranjero y decide que deben tener más peso que la normativa aplicable.
Quirón deberá indemnizar a mi cliente por los daños morales producidos a raíz de la cancelación de unas pruebas programadas porque no había ningún médico especialista en el centro para realizarlas.
La cancelación de la prueba, además de poner de manifiesto la existencia de una deficiente atención por parte de la Sociedad del Grupo Quirón, ocasionó en el paciente “un sufrimiento psíquico”.
La suma de 6.000 euros que solicitaba el demandante se considera una cantidad proporcionada, debido a los daños morales y perjuicios sufridos.
Terceras personas ajenas al entorno de la demandante suplantaron su identidad contratando hasta cuatro líneas telefónicas en su nombre.
Consecuencia de ello, la mujer denunció inmediatamente e inició un procedimiento judicial reflejado en los documentos que acompaña junto al escrito de demanda.
La Juzgadora constata que, en el caso de autos, existe “numerosa documentación que acreditan los daños sufridos por la demandante, sin obtener reparación alguna”.
En palabras de la Juez, “en el presente caso, la existencia de un daño moral ha consistido en angustia e impotencia”.
Así pues, el “periplo judicial, policial y extrajudicial” sufrido por la víctima debe ser indemnizado en la cantidad reclamada de 16.000 euros.